Incorporación de artículos en la ley 483 y el D.S. 2189, para la nulidad de pleno derecho del testimonio con sellos, firma y rúbricas notariales falsificados
Por: Mercado Pacheco, María Inés.
Editor: Sucre, Bolivia : Universidad Andina Simón Bolívar, 2021Descripción: v, 49 p. : il. ; 30 cm + 1 CD.Tipo de contenido: text Tipo de medio: unmediated Tipo de portador: computer discTítulo traducido: Incorporation of articles in Law 483 and D.S. 2189, for the full nullity of the testimony with forged notarial seals, signatures and headings.Tema(s): D.S. 2189 | Especialidad en Derecho Notarial | Ley 483 | Nulidad de pleno derechoTipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento |
---|---|---|---|---|---|---|
Proyecto de Grado | Biblioteca UASB - Sucre | Proyecto de Grado | 027P-2021 (Navegar estantería) | Ej. 1 | Disponible |
Proyecto de Grado (Especialidad) Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Central Sucre, 2021 Especialidad Área de Derecho Especialidad en Derecho Notarial Chuquisaca
Bibliografía: p. 47-49
1. Introducción -- 2. Marco teórico -- 3. Análisis y discusión de datos -- 4. Propuesta -- 5. Conclusiones -- 6. Recomendaciones -- 7. Bibliografía
El presente trabajo de investigación e intervención jurídica proporciona los mecanismos procesales y el sustento legal para evitar que el delito se consuma y que los actos dispositivos queden sin efecto, a este objetivo se propone incorporar un articulado en la Ley 483 que otorgue competencia al Juez Civil con las facultades cautelares y coactivas y legitime expresamente al notario, a la institución notarial y al directamente afectado, estableciendo también los presupuestos procesales en el Decreto Supremo 2189, Reglamentario.
The present research and legal intervention work provides the procedural mechanisms and legal support to prevent the crime from being consummated and the dispositive acts from being without effect, to this end it is proposed to incorporate an article in Law 483 that grants jurisdiction to the Civil Judge with precautionary and coercive powers and expressly legitimizes the notary, the notarial institution and the directly affected, also establishing the procedural budgets in the Supreme Decree 2189, Regulatory.
No hay comentarios para este ítem.