Directrices de orden constitucional para el ejercicio de la potestad tributaria originaria por los niveles autonómicos
Por: Bernal Vila, Jimena.
Colaborador(es): Viaña Sarabia, Guillermo [Tutor].
Editor: La Paz,BO: Universidad Andina Simón Bolívar, 2011Descripción: xiv, 166 p. : 28 cm.Título traducido: Constitutional guidelines for the exercise of original tax jurisdiction by regional levels.Tema(s): Constitución Política del Estado | Tributación | Política AutonómicaTipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento |
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Tesis | Biblioteca UASB - La Paz | Tesis | TD-62 (Navegar estantería) | Ej. 2 | Disponible | |
Tesis | Biblioteca UASB - La Paz | Tesis | TD-62 (Navegar estantería) | Ej. 3 | Disponible | |
Tesis | Biblioteca UASB - Sucre | General | 00069T/2011 (Navegar estantería) | Ej. 1 | Disponible |
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Tesis.-- Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Académica La Paz (2011), Maestría Área de Derecho Maestría en Derecho Constitucional y Derecho Procesal Constitucional La Paz
Bibliografía: p.165-166
Capítulo 1. Aspectos metodológicos,
Capítulo 2. Desarrollo de la investigación,
Capítulo 3. Conclusiones
La cueva Constitución Política del Estado, nos obliga a repensar en la distribución de ingresos fiscales en un sistema de gobierno centralizado como el que imperaba en el país hasta antes del 7 de febrero de 2008, en el que como concepto central se tenia a los dominios tributarios y el establecimiento del sistema tributario en una organización político socia con niveles o gobiernos autonómicos, nuevo escenario en el que toma vigencia el concepto de potestad tributaria. Realidad que es inherente a la nueva concepción política del país, pues desde el momento en que se concibe un Estado Regional con transferencia de competencias, lo lógico es que existan potestades impositivas e ingresos para financiarlas
The cave Constitution of the State requires us to rethink the distribution of tax revenues in a system of centralized government such as that prevailed in the country until before February 7, 2008, in which as a central concept had the domains Tributary and the establishment of the tax system in a partner political organization with levels or autonomic governments, a new scenario in which the concept of tax power takes effect. This reality is inherent to the new political conception of the country, since from the moment in which a Regional State with transfer of powers is conceived, the logical thing is that there are fiscal powers and income to finance them
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